CCOO de Campsa Red | 17 de febrero de 2025

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A las personas trabajadoras provenientes de Gespevesa se les aplicarán las mismas condiciones laborales que al resto de personas trabajadoras de Campsared.

Publicada Sentencia de la Audiencia Nacional sobre Conflicto Colectivo interpuesto por modificación sustancial de las condiciones de trabajo del personal RT subrogado de la empresa Gespevesa a Campsared

  • La Audiencia Nacional estima la excepción de falta de legitimación activa de los sindicatos demandantes UGT FICA y FETICO para interponer demanda en materia de conflicto colectivo por MSCT frente a la empresa Campsared.
  • Respecto a FETICO por no ostentar implantación en el ámbito del conflicto
  • Respecto a UGT por impugnar las medidas adoptadas tras proceso de transmisión de empresa, acordadas por unanimidad con la RLT de Campsared, firmando dicho acuerdo el sindicato demandante. El cambio de posición del citado sindicato, desdeña los principios de la negociación colectiva y es contraria a la doctrina de los actos propios, desvinculándose de lo previamente pactado.

29/01/2025.
E.S Gespevesa

E.S Gespevesa

En el día de Ayer se dictó sentencia de la Audiencia Nacional respecto al conflicto colectivo por modificación sustancial de las condiciones de trabajo del personal RT subrogado de la empresa Gespevesa a Campsared. Este es el extracto de la propia sentencia:

Breve resumen de la Sentencia: La Audiencia Nacional estima la excepción de falta de legitimación activa de los sindicatos demandantes UGT FICA y FETICO para interponer demanda en materia de conflicto colectivo por MSCT frente a la empresa Campsared. Respecto a FETICO por no ostentar implantación en el ámbito del conflicto; y respecto a UGT por impugnar las medidas adoptadas tras proceso de transmisión de empresa, acordadas por unanimidad con la RLT de Campsared, firmando dicho acuerdo el sindicato demandante. El cambio de posición del citado sindicato, desdeña los principios de la negociación colectiva y es contraria a la doctrina de los actos propios, desvinculándose de lo previamente pactado.

Como representantes de los trabajadores tenemos la obligación de defender los intereses de los mismos y negociar de buena fe. Es cierto que no siempre conseguimos que todo el mundo esté satisfecho: el café para todos es muy difícil. Cuando firmamos por unanimidad (CCOO, UGT, STR) el acuerdo subrogación del pasado 11 de julio, CCOO lo hizo porque mejoraba de manera muy significativa las condiciones de trabajo de las personas provenientes de Gespevesa.

Un sindicato se ha dedicado a denunciar lo que firma, despreciando la negociación colectiva, generandoinseguridad jurídica e intentando sacar rédito sindical. Otro sindicato, sin tener ninguna implantación ni experiencia en la empresa, ha puesto en peligro la integración y la aplicación de la normativa laboral existente en Campsared, llevando al extremismo su postura e intentando defender lo indefendible

Al final, con esta sentencia de la A.N. la justicia y el sentido común, dejan a cada uno en su lugar. Nuestros nuevos compañeros y compañeras, ya pueden estar tranquilos, ya que se les aplicarán las mismas condiciones laborales que al resto de personas trabajadoras de Campsared.