CCOO de Campsa Red | 4 de mayo de 2024

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U589 Traslados

    Durante el primer año de traslado, tanto si es definitivo, como durante el tiempo de traslado temporal, se abonarán 0,22 € por kilómetro recorrido, por el viaje de ida y vuelta, y por día trabajado, desde el domicilio del trabajador. Si la distancia fuese superior a los 30 km, se abonará además media dieta por valor de 16 €. A partir del año (traslado definitivo, se abonará como Plus de Distancia). Al trabajador trasladado se le respetarán las mismas condiciones que venía disfrutando en el centro de procedencia, salvo que las condiciones del nuevo centro sean superiores a las de origen. En materia de traslados que exijan cambio de residencia, no se aplicará el régimen anterior y se estará a lo dispuesto en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. *En Bizkaia y Gipuzkoa según convenio.

    15/02/2019.
    Traslados

    Traslados

    Los traslados vienen regulados en el artículo 19-Traslados del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio 2016-2018 dónde indica como se contempla durante el primer año:

    Durante el primer año de traslado, tanto si es definitivo, como durante el tiempo de traslado temporal, se abonarán 0,22 € por kilómetro recorrido, por el viaje de ida y vuelta, y por día trabajado, desde el domicilio del trabajador. Si la distancia fuese superior a los 30 km, se abonará además media dieta por valor de 16 €. A partir del año (traslado definitivo, se abonará como Plus de Distancia). Al trabajador trasladado se le respetarán las mismas condiciones que venía disfrutando en el centro de procedencia, salvo que las condiciones del nuevo centro sean superiores a las de origen. En materia de traslados que exijan cambio de residencia, no se aplicará el régimen anterior y se estará a lo dispuesto en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. *En Bizkaia y Gipuzkoa según convenio.

    En Campsared, hay que tener en cuenta, lo que se acordó en la Mesa Negociadora del IX Pacto Sindical al respecto: En aquellos traslados definitivos que supongan una mejora de las condiciones de trabajo: de seguridad, salud, laborales, de garantía de empleo y los traslados voluntarios a petición del trabajador, se abonará exclusivamente, desde el primer día el plus de distancia a que tuviese derecho. A título enunciativo y no limitativo estarán incluidas en este acuerdo las siguientes situaciones: Acercamiento a domicilio, desaparición de turnos o cierre de centro, personal no asumido por terceros en los subarriendos.

    Cualquier situación que genere controversia, será tratada en la mesa de la Comisión paritaria del IX Pacto Sindical. Los traslados referidos y no voluntarios serán informados a la parte social.

    Ejemplo1: Estación de Servicio que se cierra por finalización de concesión y las/los trabajadoras/es se recolocan en otros centros de trabajo cobrarán siempre y cuando cumplan los requisitos el Plus Distancia a 0,10 euros por kilómetro desde el primer momento del traslado.

    Ejemplo 2:Encargada que es trasladada por motivos organizativos, alejándolade su domicilio y en el nuevo destino realiza 29 km de viaje de ida. Deberán de abonar durante el primer año a 0,22 euros por los 29 km x 4 viajes x los días trabajados en el mes. Al año siguiente del traslado pasará a cobrar el Plus Distancia 0,10 euros por los 29 km x 4 viajes x los días trabajados en el mes.

    Cualquier anomalía en el abono de este kilometraje, se puede trasladar a las/los compañeras/os de CC.OO.-Industria en Campsared que visitan a las estaciones.

    Trabajar cada día para mejorar las condiciones laborales y salariales de las/los trabajadoras/es de Campsared, es la razón de ser de la Sección Sindical de CCOO Industria en Campsared.

    Documentación asociada
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