CCOO de Campsa Red | 29 de abril de 2024

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Entrega del Calzado del 2016

  • La Sección Sindical de CC.OO.-Industria en Campsared, decidió solicitar a la Comisión Paritaria de Interpretación del Convenio, que proceda a aclarar este particular.

La Dirección de Campsared informó que la nueva redacción del Artículo 42 PRENDAS DE TRABAJO, del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio 2010-2015, les generaba dudas en cuanto a la periodicidad en la que debe hacerse entrega del calzado.

18/02/2017.
Calzado seguridad

Calzado seguridad

 

Entrega del Calzado del 2016

Como consecuencia del retraso en facilitar el calzado del 2016, y tras la solicitud de la Sección Sindical de CCOO-Industria en Campsared de que procediera a su entrega, la Dirección de Campsared informó que la nueva redacción del Artículo 42 PRENDAS DE TRABAJO, del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio 2010-2015, les generaba dudas en cuanto a la periodicidad en la que debe hacerse entrega del calzado.

Tras varias reuniones en las que se manifestó a la Dirección que la interpretación de la parte sindical es que el calzado (zapatos o sandalia, a elegir por el trabajador o la trabajadora, y bota) debe entregarse con carácter anual, con fecha 25 de octubre, la Sección Sindical de CC.OO.-Industria en Campsared, decidió solicitar la Comisión Paritaria de Interpretación del Convenio, que procediera a aclarar este particular.

El 22 de noviembre  la Comisión Paritaria de Interpretación del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio 2010-2015 hizo un dictamen en los siguientes términos:

"Con relación a la consulta formulada por CC.OO.-INDUSTRIA, relativa a la interpretación del artículo 42 del Convenio Estatal de EE.SS. 2010-2015, en lo relativo a la periodicidad con la que debe entregarse el calzado para el trabajo en las EE.SS., esta comisión paritaria, interpreta por unanimidad que el calzado adecuado al que hace referencia el art. 42 del convenio, es aquel que debe adaptarse a las peculiaridades y climatología de la zona en donde se encuentre la citada estación de servicio tal y como establece el Convenio Colectivo y debe entregarse dentro del primer semestre o dentro del mes siguiente a su contratación y ANUALMENTE"

Acorde con esta interpretación, mantenida por la Sección Sindical, con motivo de la reunión del Comité Nacional de Seguridad y Salud de Campsared, se volvió a solicitar a la Dirección que proceda al cumplimiento del artículo 42 del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio 2010-2015, y HAGA ENTREGA DEL CALZADO DEL 2016.